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La indemnización por clientela en el derecho arrendaticio español


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 04/2010


Revista General de Legislación y Jurisprudencia

La indemnización por clientela en el derecho arrendaticio español


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 04/2010


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La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos es una de las más importantes del ordenamiento jurídico español, atendiendo a su inmensa y, la vez determinante, incidencia y repercusión social. La clientela se obtiene —y se conserva— gracias al esfuerzo empresarial del arrendatario llevado a cabo en una sede que no es de su propiedad y de la que podría aprovecharse ilícitamente el propietario-arrendador tras la extinción del contrato. El artículo estudia si esta creación de una clientela puede considerarse como una propiedad del arrendatario, de carácter comercial.

I. Planteamiento.

II. Nudo:

a) Ley de arrendamientos Urbanos de 1964.

B) Disposición Transitoria Tercera LaU 94.

C) La Ley de arrendamientos Urbanos de 1994.

III. Desenlace.

IV. Bibliografía consultada y —en su caso— citada.

V. Jurisprudencia consultada y —en su caso— citada.