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El problema actual de las garantías reales Mobiliarias

Una perspectiva latinoamericana


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2007


Revista General de Legislación y Jurisprudencia

El problema actual de las garantías reales Mobiliarias

Una perspectiva latinoamericana


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2007


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El problema de las garantías reales —los intereses de seguridad— en la Ley contemporánea sobre los bienes hipotecarios y el compromiso es la información a los terceros, a través de un registro especial de hipotecas. De acuerdo con la legislación española, los bienes capaces de una identificación perfecta, como los establecimientos mercantiles, los automóviles y vehículos, los autocares y los tranvías, los aviones, la maquinaria industrial y la propiedad intelectual pueden acceder a este registro. Respecto de estos bienes, una hipoteca móvil es admisible, con los mismos efectos que la hipoteca común. En mayo de 2006, una Ordenanza del Gobierno francés modificó radicalmente el Código Napoleón con respecto a las garantías reales. Esta reforma francesa constituye la etapa de un proceso crítico en busca de una visión inspirada por el derecho alemán y el derecho común, que parece más moderno, pero que aún se ha seguido en varios países de América Latina.

I. Introducción.

II. Un esquema que puede ser útil.

III. Una mirada sobre el tema a partir de la reciente reforma francesa.

IV. Principales aspectos de la reforma francesa.

1. Nuevo diseño de la prenda de muebles corporales.

2. Actualización de la prenda de bienes muebles incorporales.

3. Reconocimiento de la propiedad retenida o cedida a título de garantía.

A) Reserva de la propiedad en garantía.

B) Cesión de la propiedad en garantía y fideicomiso de garantía.

D) Final recepción del fideicomiso con fines de garantía.

V. La perspectiva latinoamericana.

1. El Derecho uruguayo.

2. El Derecho mexicano: la ley general de títulos y operaciones de crédito.

3. El Derecho peruano: la ley de la garantía mobiliaria.

4. El Derecho argentino. Las leyes de prenda con registro y de fideicomiso y securitización.

5. El Derecho brasileño. La ley de «alienaçao fiduciária».