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Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo

Un paso más hacia la consolidación de la resolución alternativa de litigios de consumo en el transporte aéreo


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2022


Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo

Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo

Un paso más hacia la consolidación de la resolución alternativa de litigios de consumo en el transporte aéreo


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2022


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El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con la aprobación de la Orden TMA/201/2002, de 14 de marzo, ha acabado dando cumplimiento al mandato que el legislador español le imponía en el apartado 2º de la Disposición adicional segunda de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, regulando en ella el procedimiento que habrá de seguir AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) una vez consiga su acreditación como entidad RAL. La pretensión de este trabajo no es otra que efectuar una aproximación crítica al procedimiento de resolución alternativa de litigios diseñado para AESA en la mencionada Orden.

I. Introducción.

II. AESA: de organismo nacional de apl icación de los reglamentos europeos sobre derechos de los usuarios del transporte aéreo, a entidad de resolución alternativa de los litigios de consumo derivados de su infracción.

III. Aproximación al procedimiento de resolución alternativa de litigios diseñado para AESA en la Orden TMA /201/2022

1. Ampliación del ámbito competencial de AESA como entidad RAL respecto al que le corresponde como organismo nacional de aplicación.

2. Reclamación previa ante la compañía aérea o gestor aeroportuario como presupuesto del procedimiento ante AESA.

3. Caracterización del procedimiento ante AESA.

4. Iniciación del procedimiento e incidencia en la prescripción de las acciones judiciales.

5. Medidas de simplificación.

6. Audiencia de las partes y prueba.

7. Terminación del procedimiento y plazo para resolver.

8. Eficacia de la decisión adoptada por AESA.

9. El arbitraje como única alternativa posible al procedimiento ante AESA.

IV. Conclusiones.

V. Bibliografía.


Description

The Ministry for Transport, Mobility and Urban Agenda, with the approval of Order TMA/201/2002, March 14th, has finally fulfilled the mandate imposed by the Spanish legislator in paragraph 2 of the second additional provision of Law 7/2017, November 2nd, on alternative dispute resolution for consumer disputes, with the regulation of procedure to be followed by AESA (State Aviation Safety Agency) once it has been approved as an ADR entity. The aim of this paper is none other than to make a critical approach to the ADR procedure designed for AESA in the aforementioned Order.