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Las reformas introducidas por la Directiva 2011/77/UE en el sector musical


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2012


Revista de Derecho Privado

Las reformas introducidas por la Directiva 2011/77/UE en el sector musical


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2012


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Los temores de la industria discográfica por la caída de muchas prestaciones musicales al dominio público en los próximos años, así como las presiones a que fueron sometidas, impulsaron a las instituciones europeas a mover ficha en este asunto y a aprobar una norma que regulara este problema. La Directiva2011/77/UE amplía el plazo de protección de los derechos de los artistas del sector musical y de los productores de fonogramas de cincuenta a setenta años, si bien cuando la actuación es incorporada a un fonograma que después es publicado o comunicado al público lícitamente. Además, con la intención de mejorarla situación económica de los artistas, se les conceden tres garantías adicionales que refuerzan su posición en sus relaciones con los productores. A saber: la posibilidad de revertir sus derechos cuando los productores dejan de explotarla interpretación, una remuneración consistente en el 20% de los ingresos obtenidos por los productores y la imposibilidad de deducir de los importes pagados a los artistas como royalties los pagos anticipados. Por otro lado, la Directiva trata de armonizar en todos los Estados miembros el plazo de protección de las composiciones musicales con letra, cuyos derechos expirarán pasados setenta años del fallecimiento de la última de las siguientes personas con vida: el autor de la letra o el compositor de la música. Se trata, en definitiva, de un conjunto de medidas necesarias, pero cuya efectividad queda en entredicho.

1. Consideraciones generales.

2. Beneficiarios de las reformas de la Directiva.

3. Ampliación del plazo de protección.

3.1. La cuestión del plazo de protección en el ámbito internacional

3.2. Los plazos en el ámbito comunitario.

3.2.1. Plazo de protección de los artistas musicales.

3.2.2. Plazo de protección de los productores de fonogramas.

3.2.3. Objetivos perseguidos con la ampliación del plazo y críticas.

4. Garantías adicionales para los artistas.

4.1. Cláusula «úselo o piérdalo».

4.2. El fondo del 20%.

4.3. Cláusula del «borrón y cuenta nueva».

5. Ámbito temporal de aplicación de estas medidas.

6. El plazo de protección de las composiciones musicales con letra.

7. Consideraciones finales.

8. Bibliografía.