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El usufructo con facultad de disposición


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2008


Revista de Derecho Privado

El usufructo con facultad de disposición


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2008


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La concesión de facultad de disposición al usufructuario, generalmente por vía testamentaria, aproxima su posición jurídica a la del propietario, por lo que muchos autores entienden que cuando el constituyente otorga facultad de disposición al usufructuario no surge un derecho real limitado sino que se produce una transmisión de la propiedad. Por ello, la admisión del usufructo con facultad de disposición exige que en el título constitutivo del usufructo se expresen los límites o condiciones al ejercicio de dicha facultad, cuya existencia determinará, precisamente, las diferencias entre la posición jurídica del propietario y del usufructuario con facultad de disposición. En este sentido, aceptada la posibilidad de existencia de un usufructo con facultad de disposición los problemas que plantea pasan por determinar los efectos de la disposición de los bienes usufructuados, la subrogación real, ...

I. INTRODUCCIÓN.

II. LAS FACULTADES DISPOSITIVAS DEL USUFRUCTUARIO: DISPOSICIÓN DE LOS BIENES Y DISPOSICIÓN DEL USUFRUCTO.

1. Disposición de los bienes usufructuados (Facultades dispositivas sobre los bienes usufructuados).

2. La disposición del usufructo (Facultades dispositivas del usufructuario sobre su derecho).

III. EL USUFRUCTO CON FACULTAD DE DISPOSICIÓN COMO DERECHO REAL DE GOCE.

1. No hay usufructo sino transmisión de la propiedad.

2. Es un verdadero usufructo.

IV. EL USUFRUCTO CON FACULTAD DE DISPOSICIÓN Y EL FIDEICOMISO DE RESIDUO.

1. Sustituciones fideicomisarias de residuo.

2. Diferencias entre el usufructo con facultad de disposición y el fideicomiso de residuo.

3. Posición de la Jurisprudencia.

V. EJERCICIO DE LA FACULTAD DISPOSITIVA: LA SUBROGACIÓN REAL.

1. Validez de la disposición.

2. Disposición de los bienes en caso de necesidad.

3. Efecto de la disposición: la subrogación real.