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La protección del medio ambiente ante la liberación de organismos modificados genéticamente. Un ejemplo de armonización del Derecho penal

Capítulo publicado en: Agricultura transgénica y medio ambiente

La protección del medio ambiente ante la liberación de organismos modificados genéticamente. Un ejemplo de armonización del Derecho penal

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Capítulo sobre la agricultura transgénica y el Derecho penal que pone el foco en la protección del medio ambiente. Desde hace tiempo la doctrina intenta resolver el problema de cómo las instituciones comunitarias pueden legislar en materia penal. De estas aportaciones se considera que se puede conseguir un Derecho penal comunitario por medio de la asimilación y la armonización.

La primera de estas dos posibilidades se entiende como aquellos casos en los que «la defensa de los intereses comunitarios se acomete mediante el reenvío a la norma penal nacional que tiene por objeto la tutela de intereses semejantes», según lo indicado basándose principalmente en el artículo 209 del Tratado de Maastricht; siguiendo está técnica si queremos proteger la Hacienda comunitaria se realiza un reenvío a las normas penales de los ordenamientos nacionales en las que se protege la Hacienda pública nacional. La segunda, la armonización, tiene por objetivo la consecución de delitos y sanciones uniformes en todos los Estados miembros.

I. Armonización.

II. Problema competencial.

III. La Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de marzo de 2001 sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente y por la que se deroga la Directiva 90/220/CEE del Consejo.

IV. Propuesta de Directiva del Parlamento europeo y del Consejo relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal.