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Sobre la eficacia del aumento de capital no inscrito en la sociedad anónima deportiva

A propósito del «Caso Xerez Club Deportivo»


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 25 (01/2010)


Revista Española de Derecho Deportivo

Sobre la eficacia del aumento de capital no inscrito en la sociedad anónima deportiva

A propósito del «Caso Xerez Club Deportivo»


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 25 (01/2010)


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En julio 2009, tras el ascenso a 1.a división del Xerez Club Deportivo SAD, se denunció que esta entidad carecía del capital mínimo necesario para estar integrada en las competiciones profesionales del fútbol español, lo que, de ser así, comportaba su descenso a 2.a B. Aunque, aun antes de conocer todos los extremos de la primera denuncia, comenté su carencia de fundamento y escasa viabilidad en una breve columna periodística1 cuyo pronóstico fue confirmado por las Resoluciones de la Liga Nacional de Fútbol Profesional de 10 de agosto, el conocido como Caso Xerez ofrece una complejidad teórica y un alcance práctico que justifican el análisis detenido de las relevantes, y a veces trascendentes, cuestiones que plantea: ése es el objeto de este comentario.

I. Introducción.

II. Los hechos.

III. Las denuncias.

IV. La competencia para resolver.

V. Las resoluciones de la Liga Nacional de Fútbol Profesional y su argumentación.

VI. El carácter declarativo de la inscripción registral del aumento de capital de las sociedades anónimas.

VII. Eficacia del aumento de capital ejecutado y no inscrito.

VIII. La segunda ampliación de capital y los «créditos aportados».

IX. Conclusiones.