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Los derechos fundamentales a la intimidad, honor y protección de datos en la era digital: mecanismos jurídicos de protección, carencias y retos del legislador

De las leyes de 1982 (LOPHII) y de 1999 (LOPD) al reglamento europeo de protección de datos de 2016


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2016


Revista de Derecho Privado

Los derechos fundamentales a la intimidad, honor y protección de datos en la era digital: mecanismos jurídicos de protección, carencias y retos del legislador

De las leyes de 1982 (LOPHII) y de 1999 (LOPD) al reglamento europeo de protección de datos de 2016


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2016


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La era digital ha supuesto un impacto de gran calado en los derechos fundamentales al honor, intimidad y protección de datos, entre otros. Conscientes del carácter transnacional de la problemática referida por el constante flujo transfronterizo de datos, así como su desmesurado tratamiento, es de obligada referencia en nuestro estudio la existencia de mecanismos de protección en el ámbito europeo desde el año 1995 hasta la actualidad. En especial, será objeto de atención preferente el reciente Reglamento general de protección de datos de 27 de abril de 2016 que parece haber sentado las bases para una mayor protección de los derechos de los usuarios de internet respecto al tratamiento de sus datos personales. En el ámbito de nuestro derecho, es objetivo prioritario del trabajo dilucidar la eficacia de los remedios de que dispone un usuario de internet cuando sus derechos fundamentales al honor, intimidad y protección de datos han sido vulnerados, así como de la tutela judicial efectiva en este ámbito. Esta cuestión adolece de la falta de claridad necesaria por la dualidad normativa existente (LOPHII y LOPD), así como de las acciones previstas en cada una de ellas (artículos 9 y 19, respectivamente), que se complica si atendemos a la dualidad de jurisdicciones de la LOPD. Todavía más, la dificultad se hace patente desde la perspectiva procesal respecto a la legitimación pasiva por la responsabilidad en que pueden haber incurrido, además del responsable y/o encargado del tratamiento de datos, los prestadores de servicios de la sociedad de la información, según lo previsto en los artículos 16 y 17 de la LSSI. El estudio realizado nos permitirá concluir que hay más retos y logros respecto a la protección de los datos personales, que en el ámbito de la protección de los derechos fundamentales al honor e intimidad.

I. Consideraciones previas: 

1. El impacto de la era digital en los derechos fundamentales: El desmesurado tratamiento de datos.

2. Carácter transnacional de la problemática referida. Mecanismos jurídicos de protección, generales y específicos, en el ámbito europeo. De la Directiva 95/46/CE al Reglamento general de protección de datos de 27 de abril de 2016: 

A) Planteamiento de la cuestión.

B) Mecanismos jurídicos de protección desde una perspectiva más amplia: De la Carta Europea de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a la Guía de los Derechos Humanos para los usuarios de Internet.

C) Mecanismos jurídicos de protección desde una perspectiva más específica: La protección de datos personales. De la Directiva 95/46/CE, al Reglamento general de protección de datos de 27 de abril de 2016.

3. El derecho de acceso a Internet. 

II. Mecanismos jurídicos para la protección del honor, intimidad y datos personales en el entorno on line: 

1. La dualidad normativa de las Leyes Orgánicas de 1982 y 1999: Derechos fundamentales a la intimidad y a la protección de datos personales.

2. La LOPD de 1999. El derecho fundamental a la protección de datos personales. Referencia a las medidas de carácter preventivo-sancionador. La acción indemnizatoria del art. 19.

3. La LOPHII de 1982. Los remedios del artículo 9.

4. Conclusiones: dualidad de jurisdicciones en la LOPD y diversidad-compatibilidad de los mecanismos de protección contenidos en la LOPD y LOPHII: ¿Eficacia del derecho a la tutela judicial efectiva en este ámbito?

5. La LSSI. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información y su responsabilidad en Internet. Los artículos 16 y 17: 

A) Planteamiento de la cuestión.

B) Prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos: vulneración del derecho al honor.

C) Prestadores de servicios que facilitan enlaces a contenidos o instrumentos de búsqueda: vulneración del derecho al honor y la intimidad.

D) Conclusiones. 

III. A modo de conclusión. Interrogantes, retos y logros. Derecho español y derecho comunitario.

1. Respecto a la protección de la intimidad, el honor y la imagen por la LOPHII: más interrogantes y retos que logros.

2. Respecto a la protección de los datos personales. Más logros que retos: Hacia la consolidación jurídica del derecho a la supresión de datos (derecho al olvido). 

IV. Bibliografía.